Disposición adicional segunda. Transparencia y gobernanza de la participación y colaboración institucionales.
Disposición adicional segunda de la Ley 7/2015, de 2 de abril, de Participación y Colaboración Institucional de las Organizaciones Sindicales y Empresariales Representativas en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2015-4617
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-10.
Texto consolidado
Las organizaciones empresariales y sindicales del ámbito de aplicación de esta ley, además de las obligaciones de justificación de los fondos recibidos con arreglo a la normativa contenida en las bases reguladoras, deberán dar publicidad de las actividades realizadas y que hayan sido financiadas con fondos públicos. A tal efecto, dicha publicidad comprenderá la publicación en sus páginas web de la información financiera que refleje el origen y destino de los fondos percibidos y la información de las actividades referidas al destino otorgado a los mismos en concepto de colaboración institucional regulados en esta ley.
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