Disposición adicional segunda. Modificación del artículo 26 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de Cantabria.
Disposición adicional segunda de la Ley 6/2018, de 22 de noviembre, por el que se crea el Organismo Autónomo Servicio de Emergencias de Cantabria. · BOE-A-2019-397
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-01-01.
Texto consolidado
Se adicionan tres nuevos cuerpos en el apartado 1, b) del artículo 26 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública que queda redactado como sigue:
«b) Cuerpos de Administración Especial:
1.º Cuerpo Facultativo Superior.
2.º Cuerpo de Letrados.
3.º Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas de Cantabria.
4.º Cuerpo Técnico de Finanzas de Cantabria.
5.º Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios.
6.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares.
7.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares del Medio Natural.
8.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Seguridad y Vigilancia.
9.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento.
10.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Atención de Emergencias.
11.º Cuerpo de Agentes del Medio Natural.
12.º Cuerpo de Agentes de Seguridad.
13.º Cuerpo de Agentes de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento».
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2020-504.
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