Disposición adicional segunda. Créditos presupuestarios.
Disposición adicional segunda de la Ley 5/2025, de 30 de septiembre, de volcanes de Canarias. · BOE-A-2025-24844
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-14.
Texto consolidado
Las medidas previstas en la presente ley que se enmarquen en el ámbito de actuación material de la Comunidad Autónoma de Canarias se atenderán con cargo a las disponibilidades presupuestarias existentes en cada ejercicio, sin perjuicio de las modificaciones de créditos que fueran necesarias con arreglo a lo dispuesto en la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, o norma que la sustituya, de acuerdo con el principio de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.