Disposición adicional segunda. Agilización de pagos.
Disposición adicional segunda de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos. · BOE-A-2022-21019
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-11-30.
Texto consolidado
Mediante resolución conjunta de la Intervención General de la Junta de Extremadura y la Secretaría General de Presupuestos y Financiación, se podrán determinar los tipos de gastos que, atendiendo al volumen de sus justificantes, son susceptibles de acumulación para la tramitación de su pago de forma simultánea.
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