Disposición adicional segunda. Plazo de adaptación a las obligaciones establecidas en los artículos 47 ter y quater de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
Disposición adicional segunda de la Ley 5/2021, de 12 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas. · BOE-A-2021-5773
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-05-03.
Texto consolidado
1. Para la adaptación a las nuevas obligaciones establecidas en el apartado 1 del artículo 47 ter y en el artículo 47 quater de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, se dispondrá de un plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta Ley.
2. La primera publicación de la información contenida en los apartados 2 y 3 del artículo 47 ter será la referida al primer ejercicio completo a partir de la entrada en vigor de esta Ley al que haya sido de aplicación la política de implicación definida de acuerdo con el apartado 1 de dicho artículo.
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