Disposición adicional segunda. Mujer embarazada en situación de riesgo social.
Disposición adicional segunda de la Ley 4/2017, de 28 de abril, por la que se regula la Renta de Ciudadanía de La Rioja. · BOE-A-2017-5627
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-09-05.
Texto consolidado
1. Las mujeres embarazadas en situación de riesgo social constituyen por sí mismas una unidad familiar o de convivencia en los términos del artículo 5 de la ley.
2. Para acceder a la renta de ciudadanía únicamente se les exigirá que acrediten la residencia legal y el requisito de carencia de rentas del artículo 8 de la ley.
3. Reglamentariamente se determinará la forma de acreditar la condición de mujer embarazada en situación de riesgo social.