Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Ley 4/2003, de 24 de marzo, de declaración del Parque Natural de Ponga. · BOE-A-2003-9511
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-04.
Texto consolidado
La Reserva Natural Parcial de Peloño y demás espacios naturales que, en su caso, se declaren dentro del ámbito geográfico del Parque natural se regirán por su normativa específica y en lo no contemplado en ella se regirán conforme a lo previsto en la normativa del Parque natural.