Disposición adicional segunda. Extensión del régimen de retribuciones de los miembros de los Órganos de Gobierno.
Disposición adicional segunda de la Ley 4/2003, de 11 de marzo, de Cajas de Ahorros de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-10724
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-18.
Texto consolidado
El régimen previsto en el artículo 24 de esta Ley será de aplicación a los órganos colegiados de gobierno, dirección o asesoramiento de cualquier empresa o entidad integrada en el grupo empresarial dependiente de las Cajas de Ahorros a que se refiere esta Ley.
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