Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Ley 4/1985, de 31 de mayo, reguladora de signos de la identidad riojana. · BOE-A-1985-18485
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-08-27.
Texto consolidado
Por Decreto del Consejo de Gobierno, se regularán los logotipos de reproducciones simplificadas del Escudo para uso oficial.