Disposición adicional segunda. Seguimiento de objetivos.
Disposición adicional segunda de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992. · BOE-A-1991-30903
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-01-01.
Texto consolidado
Los programas y actuaciones a los que les será de especial aplicación durante 1992 el sistema previsto en la Disposición Adicional Decimosexta de la Ley 37/1988 serán, cualquiera que sea el agente del sector público estatal que los ejecute o gestione, los siguientes:
Creación de infraestructura de carreteras.
Educación infantil y básica.
Enseñanzas medias.
Gestión e infraestructura de recursos hidráulicos.
Infraestructura del transporte ferroviario.
Investigación científica.
Investigación y desarrollo tecnológico.
Investigación técnica.
Mejora de la infraestructura agraria.
Seguridad vial.
Tribunales de Justicia.
Formación profesional ocupacional.
Atención primaria a la salud.