Disposición adicional segunda. Iniciativa legislativa del Parlamento ante las Cortes Generales.
Disposición adicional segunda de la Ley 30/2010, de 3 de agosto, de veguerías. · BOE-A-2010-14561
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-26.
Texto consolidado
En el supuesto de que las propuestas de creación, modificación o supresión de veguerías a las que se refieren los artículos 4, 5 y 6 lo requieran, la tramitación del proyecto o proposición de ley de creación, modificación o supresión de veguerías debe realizarse conjuntamente con la tramitación de la iniciativa legislativa del Parlamento ante las Cortes Generales para la modificación de la normativa estatal que deba modificarse.