Disposición adicional segunda. Adaptación normativa.
Disposición adicional segunda de la Ley 3/2007, de 16 de marzo, de Renta Básica de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2008-12493
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-12.
Texto consolidado
En el plazo de dos años, las consejerías competentes en materia de empleo y formación, salud, servicios sociales, educación y vivienda realizarán las modificaciones normativas necesarias a fin de hacer efectiva la atención prioritaria de estos colectivos establecida en el artículo 45 de esta Ley.