Disposición adicional segunda. Patrimonio adscrito y propio del Centro.
Disposición adicional segunda de la Ley 29/2002, de 17 de diciembre, de Creación del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón. · BOE-A-2003-1495
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.
Texto consolidado
1. Quedarán adscritos al Centro los bienes y derechos correspondientes a los organismos, servicios o unidades que se integren en el Centro.
2. El Gobierno de Aragón hará efectiva la cesión a favor del Centro, en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, de los derechos de propiedad industrial que hayan sido obtenidos por la Comunidad Autónoma en el ejercicio de funciones o fines que mediante la presente Ley a aquel se le atribuyen.