Disposición adicional segunda. Modificaciones de cuantías y porcentajes.
Disposición adicional segunda de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones. · BOE-A-2024-994
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-30.
Texto consolidado
Se autoriza a la persona titular del departamento de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi competente en materia de hacienda para que pueda modificar, mediante orden, las cuantías y porcentajes que se indican en los artículos de esta ley.