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Ley Vigente

Disposición adicional segunda. Exenciones y bonificaciones.

Disposición adicional segunda de la Ley 2/2020, de 27 de julio, de mitigación del impacto socioeconómico del COVID-19 en el área de vivienda e infraestructuras. · BOE-A-2020-9792

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-01.

Texto consolidado

Las tarifas por prestación de servicios portuarios podrán tener una reducción de hasta el 80 % cuando se justifiquen pérdidas como consecuencia de acontecimientos climatológicos extraordinarios o quebrantos que por su violencia, imprevisibilidad y ajenidad a la conducta humana puedan ser constitutivos de fuerza mayor. Esta reducción se aplicará previa solicitud razonada del sujeto pasivo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-08-01.

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