Disposición adicional segunda. Libramiento de fondos a las Cortes.
Disposición adicional segunda de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-10085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-29.
Texto consolidado
Las dotaciones presupuestarias de las Cortes de Castilla y León se librarán por la Consejería de Hacienda sin justificación, en firme y por trimestres anticipados.