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Ley Vigente

Disposición adicional segunda. Designación de los Consejeros.

Disposición adicional segunda de la Ley 2/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León. · BOE-A-2002-9332

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-05-07.

Texto consolidado

En el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, las Cortes de Castilla y León designarán a los Consejeros del Consejo de Cuentas por el procedimiento y con los requisitos establecidos en la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-05-07.

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