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Ley Vigente

Disposición adicional segunda. Asignación de la Dirección Electrónica Vial (DEV).

Disposición adicional segunda de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en materia sancionadora. · BOE-A-2009-18732

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-24.

Texto consolidado

La Dirección General de Tráfico asignará una Dirección Electrónica Vial (DEV) a toda persona jurídica que obtenga una autorización administrativa de circulación de vehículo, una vez haya entrado en vigor la presente ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 bis.

A las personas jurídicas no incluidas en el párrafo anterior y a las personas físicas que lo soliciten, también se les asignará una Dirección Electrónica Vial (DEV).

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-24.

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