Disposición adicional segunda. Información ciudadana.
Disposición adicional segunda de la Ley 15/2010, de 10 de diciembre, de prevención de la contaminación lumínica y del fomento del ahorro y eficiencia energéticos derivados de instalaciones de iluminación. · BOE-A-2010-20074
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-09.
Texto consolidado
A los efectos del oportuno conocimiento ciudadano de la aplicación de esta Ley y la consecución de los objetivos de ahorro energético, los Ayuntamientos podrán publicar anualmente el dato de consumo energético en alumbrado público por habitante, expresado en kWh/habitante del municipio.
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