Disposición adicional segunda. Modificación y extinción.
Disposición adicional segunda de la Ley 13/2022, de 2 de noviembre, de creación de la Agencia Riojana de Transición Energética y Cambio Climático. · BOE-A-2022-18898
Atención: Ley 13/2022 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, las modificaciones que supongan alteración de la naturaleza jurídica, fines generales o peculiaridades relativas a recursos económicos, régimen de personal, de contratación y fiscal se harán mediante norma con rango de ley. En la misma forma se establecerá su modificación y extinción, que fijará, en este último supuesto, el modo en que sus órganos continuarán desempeñando sus funciones hasta la total liquidación.