Disposición adicional segunda. Estudio del impacto en el sector del transporte de mercancías por carretera no superior a dos toneladas por operadores no especializados.
Disposición adicional segunda de la Ley 13/2021, de 1 de octubre, por la que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de infracciones relativas al arrendamiento de vehículos con conductor y para luchar contra la morosidad en el ámbito del transporte de mercancías por carretera, así como otras normas para mejorar la gestión en el ámbito del transporte y las infraestructuras. · BOE-A-2021-16029
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-03.
Texto consolidado
En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley el Gobierno deberá presentar en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana del Congreso de los Diputados un estudio de la situación en la que se encuentra el sector del transporte de mercancías no superior a dos toneladas y el impacto sobre el empleo y la actividad derivado de la entrada de nuevos operadores no especializados para su debate en dicha Comisión.
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