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Ley Vigente

Disposición adicional segunda. Fomento para la inscripción en el Registro Único de Participación Ciudadana.

Disposición adicional segunda de la Ley 12/2019, de 12 de marzo, de consultas populares y procesos participativos. · BOE-A-2019-5581

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-08.

Texto consolidado

Las administraciones públicas de las Illes Balears fomentarán, o colaborarán a través de acciones informativas coordinadas, la inscripción en el Registro Único de Participación Ciudadana. Por ello ofrecerán información y apoyo a la inscripción, asistiendo en el uso de medios electrónicos en los casos en que sea necesario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-04-08.

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