Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Ley 12/2002, de 14 de junio, del transporte por cable. · BOE-A-2002-14080
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-28.
Texto consolidado
En el marco de lo que dispone la legislación sobre patrimonio, la Generalidad ha de fomentar la conservación de los elementos materiales relacionados con el transporte por cable que, considerando su significación histórica, sean de interés patrimonial.