Disposición adicional segunda. Reconocimiento de méritos en el desempeño de funciones directivas y de gestión clínica por el personal sanitario.
Disposición adicional segunda de la Ley 11/2017, de 22 de diciembre, de Buen Gobierno y Profesionalización de la Gestión de los Centros y Organizaciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud. · BOE-A-2018-1610
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-04.
Texto consolidado
De conformidad con lo establecido en el artículo 10, apartados 2 y 4, de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, el desempeño de funciones directivas y de gestión clínica por parte del personal sanitario será objeto del oportuno reconocimiento por parte del Servicio Madrileño de Salud incluirá, entre otras, el desempeño de puestos de alta dirección en la red del Servicio Madrileño de Salud, la dirección funcional de los centros sanitarios, y la jefatura o coordinación de unidades y equipos sanitarios y asistenciales.
Igualmente se reconocerá la participación en comisiones asesoras, técnicas o de mejora de la calidad asistencial y de cuidados en la red del Servicio Madrileño de Salud.
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