Disposición adicional segunda. Funcionarios del Cuerpo de Abogados del Estado.
Disposición adicional segunda de la Ley 10/2005, de 9 de diciembre, de asistencia jurídica a la Generalitat. · BOE-A-2006-680
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-13.
Texto consolidado
Se integrarán en el Cuerpo de Abogados de la Generalitat los funcionarios del Cuerpo de Abogados del Estado que hayan sido transferidos en el pasado o se transfieran en el futuro a la Generalitat.