Disposición adicional segunda. Escuelas infantiles municipales.
Disposición adicional segunda de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. · BOE-A-2014-10706
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-30.
Texto consolidado
Los instrumentos de colaboración para la creación, mantenimiento y gestión de escuelas infantiles de educación de titularidad pública de primer ciclo de educación infantil municipales ya suscritos a la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, seguirán, en aplicación de la disposición adicional novena de dicha ley, la tramitación prevista en la letra d) del artículo 10.4 de la presente ley.
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