Disposición adicional segunda. Exenciones del canon de saneamiento.
Disposición adicional segunda de la Ley 1/2014, de 14 de abril, del Impuesto sobre las Afecciones Ambientales del Uso del Agua. · BOE-A-2014-6210
Atención: Ley 1/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las exenciones concedidas al amparo de las letras a) y b) del artículo 11 de la Ley del Principado de Asturias 1/1994, de 21 de febrero, sobre abastecimiento y saneamiento de aguas, mantendrán sus plenos efectos.