El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Disposición adicional segunda. Valoración de los Colegios para la tasación de costas.

Disposición adicional segunda de la Ley 1/2001, de 16 de marzo, de Colegios Profesionales de Cantabria. · BOE-A-2001-7428

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-06-04.

Texto consolidado

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 27 de la presente Ley, los Colegios podrán elaborar criterios orientativos a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los abogados.

Dichos criterios serán igualmente válidos para el cálculo de honorarios y derechos que correspondan a los efectos de tasación de costas en asistencia jurídica gratuita.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-06-04.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-9422.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 1/2001

En El Vínculo puedes leer Ley 1/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.