Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda del Decreto-ley 6/2022, de 17 de noviembre, de medidas fitosanitarias excepcionales y urgentes para la gestión de los restos vegetales generados en la propia explotación mediante quema controlada "in situ" para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos de la Región de Murcia. · BORM-s-2022-90355
Atención: Decreto-ley 6/2022 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
A propuesta de las Consejerías competentes en materias de Prevención de Incendios Forestales, Sanidad Vegetal, Agricultura, Medio Ambiente o Sanidad se podrá actualizar las medidas adicionales del Anexo III para la efectiva protección de la quema en áreas de influencia, dicha actualización corresponderá en todo caso a la Consejería competente en materia de Sanidad Vegetal como tramitadora de los expedientes de autorización de quemas por razones fitosanitarias a los que se aplica.
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