Disposición adicional segunda. Modificación del Anexo I la Ley 1/2002 de 20 de marzo de Adecuación de los Procedimientos Administrativos de la Administración Regional a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Disposición adicional segunda del Decreto-ley 4/2021, de 17 de junio, de simplificación administrativa en materia de Medio Ambiente, Medio Natural, Investigación e Innovación Agrícola y Medioambiental. · BORM-s-2021-90231
Atención: Decreto-ley 4/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Queda modificado el Anexo I de la Ley 2/2002, de 20 de marzo, de Adecuación de los Procedimientos Administrativos de la Administración Regional a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, que deberá quedar redactado así:
Denominación
Objeto
Plazo
Meses
Legislación
Deslinde y amojonamiento de montes de utilidad pública.
– Definir los linderos y determinar los límites del monte y señalarlos con carácter permanente sobre el terreno.
18
– Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
– Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Montes.
– Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
– Ley 3/1992, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad autónoma de la Región de Murcia.
Deslinde y amojonamiento de vías pecuarias.
– Definir los linderos y determinar los límites de la Vía Pecuaria y señalarlos con carácter permanente sobre el terreno.
18
– Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.
– Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
– Ley 3/1992, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad autónoma de la Región de Murcia.