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Decreto-ley Derogada

Disposición adicional segunda. Integración de personal de la Agencia Andaluza del Conocimiento en la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).

Disposición adicional segunda del Decreto-ley 16/2021, de 3 de agosto, por el que se crean la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) y la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA). · BOJA-b-2021-90321

Atención: Decreto-ley 16/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se integrará en la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA) todo el personal de la Agencia Andaluza del Conocimiento vinculado con el ejercicio de las funciones desarrolladas por la Dirección de Evaluación y Acreditación que realice funciones en materia de evaluación y acreditación que son propias de los fines que constituyen el objeto de su actividad.

2. Se integrará en la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA) aquel personal de la Agencia Andaluza del Conocimiento que realice funciones de gestión de personal, de gestión presupuestaria y del gasto, de gestión de la contratación y funciones generales de administración, registro y archivo y de gestión informática según determine el decreto del Consejo de Gobierno por el que se aprueben sus estatutos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-08-11.

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