Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco. · BOE-A-2014-5595
Atención: Decreto Legislativo 1/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Para el cumplimiento de los tratados y convenios Internacionales el Gobierno Vasco podrá establecer limitaciones temporales en relación con las actividades reguladas en la presente ley.