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Real Decreto Vigente

Disposición adicional

DISPOSICIÓN ADICIONAL del Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, por el que se dispone la creación de un sistema de anotaciones en cuenta para la Deuda del Estado. · BOE-A-1987-9217

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-04-14.

Texto consolidado

El régimen que para la Deuda del Estado representada en anotaciones en cuenta establece este Real Decreto y las disposiciones que lo desarrollen será aplicable a la Deuda del Tesoro. No obstante, sólo se aplicará a los Pagarés del Tesoro cuando, a la vista de la experiencia adquirida, lo decida el Ministerio de Economía y Hacienda en atención a la mayor eficacia en la gestión y al mejor funcionamiento de sus mercados.

El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-04-14.

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