DISPOSICIÓN ADICIONAL
DISPOSICIÓN ADICIONAL del Real Decreto 1467/1988, de 2 de diciembre, sobre clasificación de personal vario que presta servicios en Centros públicos docentes no universitarios. · BOE-A-1988-28088
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-12-08.
Texto consolidado
Las dotaciones de plantilla del personal al que se refiere el presente Real Decreto que queden vacantes a partir de la entrada en vigor del mismo se considerarán amortizadas, excepto en el caso de que exista una petición de reingreso en el Cuerpo y tratándose de plaza de idéntica naturaleza. Las peticiones de reingreso se dirigirán al Organo correspondiente de la Administración Educativa competente.