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Real Decreto Derogada

Disposición adicional quinta. Integración de la protección del medio hídrico en el resto de políticas sectoriales.

Disposición adicional quinta del Real Decreto 739/2013, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Ceuta. · BOE-A-2013-10270

Atención: Real Decreto 739/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Con objeto de alcanzar un nivel elevado de protección y mejora de la calidad del medio acuático, de conformidad con el artículo 43.3 del texto refundido de la Ley de Aguas, las exigencias de la protección del medio hídrico deberán integrarse en la definición y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos sectoriales a desarrollar en la Demarcación Hidrográfica de Ceuta, en particular con el fin de promover un uso racional, equilibrado y sostenible del agua.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-10-04.

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