Disposición adicional quinta. Acuerdos o contratos para la realización de reconocimientos médicos.
Disposición adicional quinta del Real Decreto 67/2026, de 4 de febrero, por el que se regula la gestión de la incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-2026-2726
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-02-26.
Texto consolidado
Para la realización de los reconocimientos médicos contemplados en esta norma, la Sanidad de la Guardia Civil podrá concertar encomiendas de gestión, en virtud de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suscribir convenios con entidades públicas o privadas, o formalizar contratos.
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