Disposición adicional quinta. Acceso a las enseñanzas artísticas oficiales de Máster y Doctorado.
Disposición adicional quinta del Real Decreto 635/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Conservación y Restauración de Bienes Culturales establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. · BOE-A-2010-8959
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-06-06.
Texto consolidado
1. A los efectos establecidos en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, el Título de Conservación y Restauración de Bienes Culturales establecido en el Real Decreto 1387/1991, de 18 de septiembre, y los declarados equivalentes de conformidad con el Real Decreto 440/1994, de 11 de marzo, permitirán el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster y Doctorado sin perjuicio de otros criterios de admisión que, en su caso, determine la universidad a la que se pretenda acceder.
2. Asimismo, a los efectos establecidos en el artículo 15 del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, los títulos recogidos en el apartado anterior tendrán la consideración de Título Superior oficial de enseñanzas artísticas.
Más artículos de Real Decreto 635/2010
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- Ver la norma completa: Real Decreto 635/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Conservación y Restauración de Bienes Culturales establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.