Disposición adicional quinta. Información a los consumidores sobre la facturación electrónica.
Disposición adicional quinta del Real Decreto 469/2016, de 18 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación. · BOE-A-2016-11094
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-11-26.
Texto consolidado
Las COR deberán comunicar a sus clientes, durante el año 2017, la posibilidad de recibir las facturas en formato electrónico. En el caso de clientes que tengan, a los efectos del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, la condición de consumidores, deberán recabar su consentimiento de forma expresa para la implementación efectiva de este servicio, de acuerdo con el artículo 63 del citado texto legal.
Más artículos de Real Decreto 469/2016
- ← Disposición adicional cuarta. Propuestas a remitir por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para el …
- → Disposición transitoria primera. Aplicación de los valores de los costes de comercialización del precio voluntario pa…
- Ver la norma completa: Real Decreto 469/2016, de 18 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación.