Disposición adicional quinta. Revalorización de las pensiones extraordinarias derivadas de actos de terrorismo.
Disposición adicional quinta del Real Decreto 46/2021, de 26 de enero, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2021. · BOE-A-2021-1135
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-27.
Texto consolidado
Las pensiones extraordinarias del sistema de la Seguridad Social y del Régimen de Clases Pasivas del Estado originadas por actos de terrorismo serán revalorizadas en los mismos términos y condiciones que los previstos en el capítulo II del título I y en el capítulo I del título III, respectivamente, no estando sujetas, en ningún caso y de conformidad con lo previsto en el artículo 40.uno.a), párrafo segundo, de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, a los límites previstos con carácter general. Asimismo, tampoco se computarán los importes de dichas pensiones, a los efectos de la aplicación de los mencionados límites en los supuestos de concurrencia, en una misma persona titular, de otras pensiones públicas.
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