Disposición adicional quinta. Suplencia de los titulares de órganos superiores y directivos.
Disposición adicional quinta del Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. · BOE-A-2012-1313
Atención: Real Decreto 257/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En los casos de vacante, ausencia o enfermedad, se establece el siguiente régimen de suplencia de los órganos superiores y directivos del Departamento:
a) Los titulares de las Secretarías de Estado, de la Subsecretaría del Ministerio y de la Secretaría General de Universidades serán sustituidos por los Directores Generales y Secretario General Técnico, de su dependencia, siguiendo el orden en que aparecen mencionados por primera vez en este real decreto, salvo que el superior jerárquico común a todos ellos establezcan expresamente otro orden de sustitución.
b) Los Directores Generales y el Secretario General Técnico del Departamento serán sustituidos por los Subdirectores Generales de su dependencia, siguiendo el orden en el que aparecen mencionados por primera vez en este real decreto, salvo que el superior jerárquico común a todos ellos establezca expresamente otro orden de sustitución.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2013-1372.
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