Disposición adicional quinta. Representantes de la Administración General del Estado en las Comisiones Mixtas de Asuntos Económicos y Fiscales previstas en los Estatutos de Autonomía.
Disposición adicional quinta del Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda. · BOE-A-2024-3792
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-29.
Texto consolidado
Se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat de Cataluña, la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía, la Comisión Mixta de Economía y Hacienda Estado-Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la Comisión Mixta de Asuntos Económicos-Financieros Estado-Comunidad Autónoma de Aragón y la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura.
Con motivo de la restructuración de los Departamentos ministeriales y del desarrollo de la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda, los representantes de la Administración General del Estado en dichas Comisiones serán los titulares de los siguientes órganos:
Será Presidente de la representación de la Administración General del Estado en la Comisión: la persona titular de la Secretaría de Estado de Hacienda. Serán Vocales, las personas titulares de los siguientes órganos:
Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Secretaría de Estado de Política Territorial.
Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa.
Subsecretaría de Hacienda.
Secretaría General de Financiación Autonómica y Local.
La Secretaría de la Comisión corresponderá a la persona titular de la Subdirección General de Estudios Financieros Autonómicos, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local.