Disposición adicional quinta. Consolidación de las unidades TIC.
Disposición adicional quinta del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y se modifica el Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal. · BOE-A-2024-3790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-28.
Texto consolidado
Con independencia de las funciones atribuidas a la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia, el resto de unidades TIC del Departamento y organismos públicos adscritos mantendrán su dependencia orgánica actual y sus correspondientes recursos.
Más artículos de Real Decreto 204/2024
- ← Disposición adicional cuarta. Suplencia de las personas titulares de los órganos directivos.
- → Disposición adicional sexta. Protección y tratamiento de datos personales.
- Ver la norma completa: Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y se modifica el Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal.