El Vínculo El Vínculo.
Ley Orgánica Vigente 2 redacciones

Disposición adicional quinta.

Disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón. · BOE-A-2007-8444

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE.

Texto consolidado

La planificación hidrológica concretará las asignaciones, inversiones y reservas para el cumplimiento del principio de prioridad en el aprovechamiento de los recursos hídricos de la cuenca del Ebro y de los derechos recogidos en el artículo 19 del presente Estatuto, considerando que la resolución de las Cortes de Aragón de 30 de junio de 1992 establece una reserva de agua para uso exclusivo de los aragoneses de 6.550 hm3.

Se declara que no es inconstitucional siempre que se interprete que no establece una reserva sobre el cuadal hídrico del Ebro que obligue al Estado, en los términos indicados en el fundamento jurídico 17, por Sentencia 110/2011, de 22 de junio. Ref. BOE-A-2011-12500

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-12500.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley Orgánica 5/2007

En El Vínculo puedes leer Ley Orgánica 5/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.