Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta. · BOE-A-1995-6358
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-03-15.
Texto consolidado
La ciudad de Ceuta podrá establecer con la Comunidad Autónoma de Andalucía y con la ciudad de Melilla relaciones de especial colaboración.