Disposición adicional quinta. Reconocimiento del tiempo trabajado en la Administración de la Comunidad Foral, excluido el Departamento de Salud.
Disposición adicional quinta de la Ley Foral 12/2024, de 30 de septiembre, por la que se establece el sistema de carrera profesional del personal sanitario adscrito al Departamento de Salud y sus organismos autónomos, excluidos personal facultativo especialista, otro personal facultativo sanitario y personal diplomado sanitario. · BOE-A-2024-21593
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-10-09.
Texto consolidado
En el momento en que se regule la carrera profesional para todo el personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra se reconocerán los servicios prestados por el personal sanitario excluido del ámbito de aplicación de esta ley foral en el estamento correspondiente.
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