Disposición adicional quinta. Programa de innovación y calidad de los servicios públicos.
Disposición adicional quinta de la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2019-7221
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-09.
Texto consolidado
1. La Junta de Extremadura elaborará un programa de innovación y calidad de los servicios públicos en el plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley que responda a las necesidades de los administrados, empresas y autónomos en sus relaciones con las entidades del sector público, involucrándolos en su diseño, con la finalidad de garantizar el proceso de mejora continua de simplificación y agilidad de la gestión administrativa, la corresponsabilidad social y la colaboración de las Administraciones públicas, e incrementar la competitividad y desarrollo de Extremadura.
2. El programa, de carácter bianual, identificará las áreas de actuación, la secuencia de iniciativas, la previsión de medios y plazos para desarrollarlo, así como la herramienta que permita realizar su seguimiento y evaluación por la ciudadanía.