Disposición adicional quinta. Planificación en el ámbito de la Cataluña exterior.
Disposición adicional quinta de la Ley 8/2017, de 15 de junio, de la comunidad catalana en el exterior. · BOE-A-2017-7817
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-21.
Texto consolidado
1. El Gobierno ha de incorporar en el Plan estratégico previsto por el artículo 15 de la Ley 16/2014, del 4 de diciembre, de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea, las prioridades y objetivos a medio plazo en los ámbitos de las relaciones con los ciudadanos catalanes residentes en el exterior y de las comunidades catalanas en el exterior.
2. Los departamentos de la Administración de la Generalidad han de incorporar en los planes de trabajo anuales de desarrollo del vigente Plan estratégico de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea las actuaciones a llevar a cabo en los ámbitos de las relaciones con los ciudadanos catalanes residentes en el exterior y con las comunidades catalanas en el exterior.