Disposición adicional quinta. Transferencia o delegación de competencias de las provincias.
Disposición adicional quinta de la Ley 8/2002, de 3 de mayo, de Creación de la Comarca del Maestrazgo. · BOE-A-2002-10791
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-05-09.
Texto consolidado
El Gobierno de Aragón impulsará el proceso de transferencias en el contexto de las Comisiones Mixtas creadas al efecto, a fin de que la Comarca del Maestrazgo pueda asumir la gestión del Plan Provincial de Obras y Servicios de la Diputación Provincial de Teruel en su ámbito territorial y en la cuantía económica porcentual correspondiente.