Disposición adicional quinta. Colaboración y cooperación entre las administraciones.
Disposición adicional quinta de la Ley 7/2013, de 25 de junio, de declaración del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama. · BOE-A-2013-6900
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-06-27.
Texto consolidado
Al objeto de contribuir a que el Parque Nacional de la Sierra del Guadarrama alcance un nivel de gestión similar al resto de los Parques Nacionales, se faculta al Ministerio de Agricultura, Alimentación, y Medio Ambiente, a través del Organismo Autónomo Parques Nacionales, para suscribir y poner en marcha cuantos acuerdos, convenios, y consorcios con las administraciones competentes, se consideren convenientes para el logro de la presente Ley.
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