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Ley Vigente

Disposición adicional quinta.

Disposición adicional quinta de la Ley 5/2000, de 25 de octubre, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de La Rioja. · BOE-A-2000-20554

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-11-01.

Texto consolidado

El Gobierno de La Rioja podrá suscribir convenios con el Ministerio de Medio Ambiente y la Confederación Hidrográfica del Ebro para adecuar la aplicación del canon de control de vertidos a que se refiere la Ley de Aguas, en aquellos ámbitos que pudieran verse afectados por el régimen económico-financiero previsto en esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-11-01.

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